Aprueba reformas en lo relativo al haber de retiro para jueces del poder judicial

El pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma al artículo 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, para la armonización de las disposiciones contenidas en los numerales 97, y 102, de la Constitución Política del Estado, en lo relativo al haber de retiro para las y los jueces.

De esta manera, se establece que “el haber por retiro a que se refieren los artículos, 97, y 102, de la Constitución Política del Estado, consiste en un único pago equivalente a un año de salario, sin perjuicio del pago de aguinaldo y vacaciones proporcionales que correspondan”

Se indica que dicho pago se cubrirá con base en el último salario percibido, cuando la Magistrada o el Magistrado; la Juez o el Juez no haya sido ratificada o ratificado en el cargo; cuando la Magistrada o Magistrado se retire del desempeño del cargo por haber cumplido quince años en el mismo, o bien, cualquiera de ellos haya cumplido setenta y tres años de edad; padezca incapacidad física o mental permanente para el desempeño de su cargo, o se retire del desempeño del cargo por haber cumplido los años de servicio y proceda su jubilación, en términos de lo dispuesto por el artículo 60 de la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado de San Luis Potosí.

En el dictamen respectivo, se indica que de acuerdo a la evaluación del impacto presupuestario para estos fines, en el año que transcurre son once personas las que se encuentran en la hipótesis de la jubilación, por lo que el gasto que se erogaría es de $ 11’900,000.00 (once millones novecientos mil pesos 00/100 M.N), el cual habrá de ser validado por el Ejecutivo del Estado.

Se indica en el primer artículo transitorio, que este Decreto entrará en vigor el uno de enero de 2023, previa su publicación en el Periódico Oficial del Estado «Plan de San Luis”, tratándose de las y los jueces que estén en la hipótesis del retiro, se deberá hacer la represupuestación correspondiente.

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