Congreso del Estado aprobó reformas Código Penal del Estado de SLP

Con el objetivo de inhibir la comisión del delito de maltrato animal, se aprobó en Sesión Ordinaria por unanimidad de 24 votos a favor, la reforma el artículo 317 en sus fracciones, I a IV del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para que se incrementen las sanciones privativas de la libertad, así como las pecuniarias, para quienes cometan dichos actos.

Con esta reforma, se establece que cuando el maltrato implique lesiones mínimas, que no produzca un menoscabo físico permanente, se impondrá pena de cinco a doce meses de prisión, y sanción pecuniaria de treinta a ciento treinta días del valor de la unidad de medida de actualización vigente; e inhabilitación hasta por un año para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, cuando quien lo cometió se dedique al cuidado de animales.

En el caso de que el maltrato implique lesiones que produzcan un menoscabo físico permanente, se impondrá pena de doce a veinticuatro meses de prisión, y sanción pecuniaria de doscientos a cuatrocientos días del valor de la unidad de medida y actualización vigente; e inhabilitación hasta por dos años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, cuando quien lo cometió se dedique al cuidado de animales.

Cuando el maltrato produzca la muerte, se impondrá pena de veinticuatro meses a cinco años de prisión, y sanción pecuniaria de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida y actualización vigente; e inhabilitación hasta por tres años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, cuando quien lo cometió se dedique al cuidado de los animales.

Finalmente, cuando el maltrato consista en actos sádicos o zoofílicos, o de exposición a condiciones de sobreexplotación de su capacidad física, se impondrá pena de tres a cinco años de prisión, y sanción pecuniaria de cuatrocientos a seiscientos cincuenta días del valor de la unidad de medida y actualización vigente; e inhabilitación hasta por cinco años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, cuando quien lo cometió se dedique al cuidado de animales

En la exposición de motivos, se indica que según datos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), México ocupa el tercer lugar en crueldad hacia los animales, siendo la especie canina la que padece con mayor frecuencia la violencia, desafortunadamente 7 de cada 10 perros sufren maltrato.

Por desagracia, nuestra entidad no se encuentra exenta de esa problemática, ya que día con día es evidente ver en nuestras calles, perros en completo estado de abandono, lo que conlleva un peligro inminente a la salud de esos seres vivos que se traduce en un riesgo para la propia sociedad, pues se enfrentan además a otros peligros como el maltrato, agresiones, e incluso la muerte.

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