Un punto clave es que el giro del negocio sea compatible con la zona de la ciudad donde se pretende instalar.
  • Un punto clave es que el giro del negocio sea compatible con la zona de la ciudad donde se pretende instalar.
  • Dependiendo del giro del negocio, serán los dictámenes técnicos que solicitarán diversas dependencias municipales y estatales.

Comenzar un negocio en orden es una de las mejores estrategias para el nuevo emprendedor, les compartimos algunas recomendaciones generales que serán de utilidad para consolidar el proyecto.

Primero, el interesado deberá llenar la solicitud de apertura de negocio y presentar la documentación que se requiere, desde luego recibirá la orientación necesaria sobre el tiempo y costo de todo el proceso.

El equipo de la dirección de Comercio revisa que el expediente cuente con todos los requisitos solicitados, de ser así es ingresado al Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE).

En base al giro de negocio que se pretende instalar, serán los dictámenes técnicos necesario que se solicitarán, por lo regular son dictámenes que emiten las direcciones municipales de Ecología, Protección Civil, Seguridad Pública, Inspección de Comercio y de ser el caso, instancias externas como Bomberos y Gobernación.

Una vez que el expediente es ingresado al SARE, la dirección de Desarrollo General de Gestión Territorial y Catastro validará que el giro de negocio que se pretende abrir sea compatible con la zona de la ciudad donde se pretende instalar, esto en base al Plan de Ordenamiento Territorial vigente en el municipio, esta parte del proceso es fundamental, si no existe compatibilidad entre el giro de negocio y la zona de la ciudad donde se pretende ubicar, no será posible avanzar en el proceso de apertura.

Otra recomendación básica es que el trámite se haga de manera directa por parte del interesado, no es necesario apoyarse en intermediario y mucho menos caer en la trampa de comprar Licencias de Funcionamiento para venta y/o consumo de bebidas alcohólicas que en ocasiones se ofertan a través de medios digitales, ya que acorde al artículo 22 de la Ley de Bebidas Alcohólicas del Estado dichas licencias no podrán ser motivos de donación, cesión o venta, por lo que no podrán ser vendidas, cedidas, arrendadas, permutadas o gravadas; la única autoridad que puede expedir los permisos de manera legal es el Ayuntamiento de la ciudad.

Y lo más importante es que los emprendedores sepan que no están solos, el equipo de colaboradores de la dirección de Comercio los acompañará en el proceso.

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