
Con 17 votos a favor, seis en contra y ninguna abstención, el Congreso de San Luis Potosí aprobó una reforma constitucional para modificar las reglas con las que se elegirá a la persona titular de la Fiscalía General del Estado (FGE). La reforma, impulsada por la diputada del PT Leticia Vázquez Hernández, modifica el artículo 122 Bis de la Constitución estatal y elimina la referencia que obligaba a que quien aspirara a encabezar la Fiscalía cumpliera los mismos requisitos establecidos para una magistratura del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.
En términos jurídicos, el cambio busca crear un régimen propio para la Fiscalía y darle mayor autonomía normativa. Sin embargo, el proceso legislativo dejó un punto político que difícilmente pasa desapercibido: en apenas cuatro días cambió el contenido del dictamen respecto a la permanencia de la actual fiscal, María Manuela García Cázares.
Del blindaje a la incertidumbre en cuatro días

El 6 de agosto, el dictamen publicado en la Gaceta Parlamentaria incluía un artículo transitorio que protegía expresamente la permanencia de García Cázares hasta concluir el periodo para el que fue designada. El texto señalaba que la fiscal continuaría en el cargo y que las nuevas condiciones de elegibilidad no podrían aplicársele de manera retroactiva ni afectar sus derechos adquiridos.
Pero en la versión modificada y aprobada el 10 de agosto, ese transitorio fue eliminado.
Es decir, el documento que inicialmente garantizaba la continuidad de la fiscal cambió antes de llegar a la votación definitiva del Pleno. El hecho resulta particularmente relevante porque García Cázares fue designada para un periodo de siete años, por lo que su encargo concluye en mayo de 2031.
La eliminación del transitorio no significa automáticamente que la fiscal pueda ser removida de inmediato, pero sí elimina de la reforma la garantía expresa que había sido incorporada para proteger su permanencia. Ahí está el punto que encendió la discusión política.
¿Reforma técnica o movimiento político?
El argumento oficial del Congreso es que la reforma responde a una necesidad jurídica provocada por los cambios al sistema judicial. La Constitución local establecía que la persona titular de la Fiscalía debía reunir los requisitos previstos para una magistratura del Supremo Tribunal de Justicia. Después de la reforma judicial, mantener esa referencia podía generar inconsistencias, pues las reglas para las magistraturas cambiaron sustancialmente.
Por ello, ahora los requisitos de quien aspire a encabezar la Fiscalía quedan establecidos directamente en el artículo 122 Bis.
Entre las nuevas condiciones se encuentran:
Ser mexicana o mexicano por nacimiento y estar en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos.
Tener al menos 35 años.
Contar con título y cédula profesional de Derecho con una antigüedad mínima de cinco años.
Haber residido en San Luis Potosí durante los dos años previos a la designación.
Acreditar al menos cinco años de trayectoria profesional en áreas jurídicas.
No tener sentencias firmes por violencia familiar, delitos contra las mujeres por razón de género o delitos contra la libertad y seguridad sexual.
No estar inscrito como deudor alimentario moroso.
No haber recibido una sanción firme por faltas administrativas graves.
No estar inhabilitado como servidor público.
No haber sido gobernador, diputado local o presidente municipal durante el año previo a la designación.
No haber ocupado la dirigencia de un partido político durante los tres años anteriores
La reforma también establece que quien ocupe la Fiscalía tendrá un periodo de siete años, sin posibilidad de reelección.
La contradicción que dejó el proceso
El problema político no está únicamente en el contenido de los nuevos requisitos, sino en la velocidad y los cambios que sufrió el dictamen.
En su primera versión, el Congreso incorporó expresamente una protección para García Cázares. Cuatro días después, esa protección desapareció.
Y aunque la fiscal cumple con los requisitos establecidos por la nueva reforma, la eliminación del transitorio deja de plasmar de manera expresa que las modificaciones no podrán afectar su actual encargo.
Durante la discusión, el diputado de Morena Emilio Rosas Montiel manifestó su rechazo al dictamen y cuestionó el proceso legislativo. La oposición también puso sobre la mesa la rapidez con la que se procesó una modificación constitucional que impacta directamente en una de las instituciones centrales del sistema de justicia estatal.
El Congreso dice autonomía; el cambio genera sospechas
Desde la explicación institucional, el Congreso sostiene que la modificación fortalece la autonomía normativa de la Fiscalía y evita que sus requisitos dependan de las reglas que se establezcan para las magistraturas.
El argumento jurídico tiene lógica: si la Fiscalía es un órgano constitucional autónomo, sus requisitos deberían estar claramente definidos en su propio marco constitucional y no depender de futuras modificaciones al Poder Judicial. Pero el problema es que la reforma llegó acompañada de un cambio concreto sobre la fiscal que actualmente ocupa el cargo.
Primero se estableció una garantía para que García Cázares concluyera su periodo. Después, esa garantía desapareció. Por eso, más allá del discurso técnico, queda una pregunta política inevitable: ¿El Congreso simplemente corrigió una inconsistencia constitucional o dejó deliberadamente abierta la puerta para que en el futuro pueda discutirse la salida anticipada de la fiscal?
La respuesta no está todavía en la reforma por sí sola. Lo que sí está documentado es el cambio entre las versiones del 6 y el 10 de agosto y que la protección expresa de la permanencia de García Cázares terminó fuera del texto aprobado. Ahora el debate ya no es solamente sobre cómo se elegirá al próximo fiscal. También es sobre por qué, en cuestión de cuatro días, el Congreso pasó de garantizar la permanencia de la actual titular de la Fiscalía a retirar esa garantía.




